EMPRESA CORREOS Y TELEGRAFOS CONTRATOS FIJOS DISCONTINUOS Y EVENTUALES

miércoles, 25 de enero de 2012

CORREOS LA CAMPAÑA DE NAVIDAD LA INGRESA EN ENERO

LAS CANTIDADES A PERCIBIR:

Gratificación de 95,08€ por el conjunto de la Campaña de Navidad.
Los REQUISITOS para poder cobrar esta gratificación son:
Permanecer vinculado y en activo en Correos de forma ininterrumpida desde el 1 al 31 de diciembre.

Ser personal funcionario, laboral fijo (incluidos fijos discontinuos y fijos a tiempo parcial) y personal eventual, excluyéndose los contratos por circunstancias de la producción realizados para atender la propia campaña.  

Trabajar en una de las siguientes áreas: Reparto ordinario, Reparto Urgente, Clasificación de Cartería, Apartados, Ruteros, Personal operativo de los centros y unidades de tratamiento (admisión masiva, clasificación automática, manual, productos registrados y carga y descarga), Sala de aparatos, Rurales A, Conductores Interzonales e Intercentros, Cambio de Madrid y Barcelona, Personal operativo de las oficinas postales los Jefes de las Unidades afectadas. Los Rurales B y empleados/as con jornadas a tiempo parcial en proporción a su jornada.
Se contemplarán las siguientes PENALIZACIONES:
Por inasistencia: se descontará de la gratificación, el 1er día 12,02 €, el 2º y el 3º, 18,03 €. Con más de 3 días se pierde el derecho a percepción.

Se exceptúan de la penalización:

Los accidentes de trabajo en noviembre o diciembre, nacimiento, acogimiento y adopción de un hijo, fallecimiento o enfermedad grave de un familiar hasta segundo grado.

Quienes hayan disfrutado dos días de permiso -a elegir- entre los días 5, 7, 9, 26 y 30 de diciembre.
DÍAS 24 Y 31
Módulo de 79,84 € por trabajador/día, sólo para aquellos que prestaron servicios en estos días.
DÍAS 25 DE DICIEMBRE Y 1 DE ENERO
El personal que trabajó la noche del 25 al 26 de diciembre y del 1 al 2 de enero percibirá las horas adicionales de festivo.

Y ESTO ES TODO LO QUE SE PAGA DE VERGUENZA QUE SE HAYA PODIDO NEGOCIAR ESTA MISERIA. Y ESTARAN  CONTENTOS.

martes, 24 de enero de 2012

SINDICATOS: NO TIENEN DESPERDICIO

Enlace a Pagina WED que no tiene desperdicio,  como obran los liberados de cierto sindicato de funcionarios

BANDOLEROS DE SIERRA MORENA

CUANDO LA VOZ DE UN ENEMIGO ACUSA, EL SILENCIO DE UN AMIGO CONDENA

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CORREOS VACACIONES ANUALES DIAS DE LIBRE DISPOSICION APLICACION III CONVENIO COLECTIVO



Calendario Laboral 2012
en cuanto a vacaciones anuales
y días de libre disposición
Vacaciones anuales
El personal funcionario tendrá derecho a disfrutar vacaciones retribuidas de un mes natural o de 22 días hábiles anuales (para los que no se contarán los sábados) o de los días que correspondan proporcionalmente si el tiempo de servicio durante el año fuera menor.

El personal laboral tendrá derecho a un mes natural por cada año completo de servicio o la parte proporcional en caso de ser menor a un año.

Con carácter general, se disfrutarán entre el 1 de julio y el 30 de septiembre; ahora bien, excepcionalmente, y si las necesidades del servicio lo permiten, se podrán autorizar en otro período.

Las vacaciones se disfrutarán dentro del año con las excepciones contempladas en nuestra regulación.
Días adicionales de vacaciones
Se reconocen según la antigüedad en Correos y de acuerdo a la siguiente escala:
Antigüedad Días hábiles reconocidos
De 11 a 15 años 1
De 16 a 20 años 2
De 21 a 25 años 3
De 26 o más años 4

Condiciones de disfrute:

El derecho se hace efectivo a partir del año natural siguiente al del cumplimiento de los años de servicio.

Su disfrute está condicionado a necesidades del servicio que deberán justificarse debidamente por escrito.

El sábado no se considerará hábil, a no ser que al empleado/a le toque trabajar.
Con carácter general se unirán a las vacaciones y solo excepcionalmente se podrán disfrutar sin unir a las vacaciones y en período distinto al vacacional.
Días de asuntos particulares
Se reconocen 6 días por cada año natural (la parte proporcional en contratos inferiores a un año).


Condiciones de disfrute:

Antes del período vacacional se procurará haber disfrutado el 50% de los días.
Donde las necesidades de servicio lo permitan podrán unirse estos días a las vacaciones reglamentarias.

Se solicitan por escrito al Jefe de Unidad con la suficiente antelación.
Están supeditados a las necesidades del servicio que deberán justificarse debidamente.

Si por necesidades del servicio no pudieran disfrutarse antes del 31 de diciembre de 2012, se prorrogará su disfrute hasta el 31 de enero de 2013. Es imprescindible solicitar los días por escrito y que, si hay denegación, Correos también conteste por escrito.
Días adicionales de antigüedad según trienios
Se reconocen según los trienios reconocidos y de acuerdo con la siguiente tabla:


 TRIENIOS                                             DIAS  ADICIONALES

Nº TrienioENIO Días adicionales
6                                            2
7                                            2
8                                            3
9                                            4
10                                           5
11                                           6
12                                           7

 (y así sucesivamente)

Condiciones:

Reconocidos exclusivamente para personal funcionario y desde el 1 de enero de 2011.
El derecho se genera al día siguiente de cumplimiento del trienio.

Pueden disfrutarse hasta el 31 de diciembre de 2012.

Están condicionados a necesidades del servicio. En el caso que por estas necesidades no sea posible disfrutarlos antes de la fecha indicada, podrá prorrogarse su disfrute hasta el 31 de enero de 2013.
Días 24 y 31 de diciembre de 2011
Al haber caído en 2011 los días 24 y 31 de diciembre en sábado, se tiene derecho a dos días de descanso adicionales. El período de disfrute de estos 2 días finaliza el 31 de marzo de 2012.

Solo genera el derecho aquel personal que esos días se encontrara en activo en Correos.

sábado, 21 de enero de 2012

CALENDARIO LABORAL CORREOS 2012


En la reunión del 20 de diciembre, se ha dado por cerrado el Calendario Laboral del año 2012.


VACACIONES POR DÍAS HÁBILES

El personal funcionario que quiera solicitar sus vacaciones por días hábiles podrá hacerlo (22 días hábiles), teniendo en cuenta los criterios establecidos en lo firmado en el Acuerdo 2009/2013, incluido los sábados que no se consideran días hábiles.

CAMPAÑA DE NAVIDAD

Estará comprendida entre los días 1 y 31 de diciembre de 2012. Se podrán disfrutar hasta dos días de permiso (asuntos propios, días adicionales a las vacaciones, o días adicionales por antigüedad) sin penalización de la "bufanda" entre los días 5, 7 y 26 -27 donde el 26 sea festivo-.

SEMANA SANTA

Los días festivos de Semana Santa prestará servicio el personal mínimo indispensable que garantice el desarrollo de la actividad de la empresa.

El personal que trabaje el sábado Santo será el mínimo imprescindible en las unidades operativas que desarrollen su actividad.

DÍAS DE ASUNTOS PARTICULARES

El período de disfrute será hasta el 31 de diciembre de 2012 salvo que por necesidades del servicio no fuera posible, en cuyo caso se prorrogaría el disfrute hasta el 31 de enero de 2013.

Antes del inicio del período vacacional se procurará haber disfrutado el 50% de los días, siendo posible, siempre que sea compatible, unirlos al período vacacional.

DÍAS ADICIONALES DE ANTIGÜEDAD (TRIENIOS)

El personal funcionario que disponga de días por este concepto, podrá disfrutarlos hasta el 31 de diciembre y, si por necesidades del servicio no fuera posible su disfrute, se prorrogará el plazo hasta el 31 de enero de 2013.


ADJUDICACION DE PLAZAS A LOS INTEGRANTES DE LA LISTA DE EXPECTATIVA DE INGRESO CORREOS



En fecha 20 de enero, se ha publicado la Resolución por la que se procede a la adjudicación de puestos fijos a los candidatos integrantes de las Listas de Expectativa de Ingreso.

Podrán consultar su situación, introduciendo el NIF, bien a través de la página web de Correos (www.correos.es),  como también a través de la intranet corporativa (CONECTA).

Los contratos se irán formalizando a medida que se vayan produciendo las necesidades y los primeros tendrán fecha de efecto 1 de febrero de 2012. El personal al que se le haya adjudicado una necesidad de contratación de fijo discontinuo no firmará hasta que se produzca el llamamiento de fijos discontinuos de la campaña de verano.


Todos
los que formalicen la contratación adjudicada, decaerán automáticamente de las bolsas de empleo en las que estén inscritos, con la excepción de los fijos discontinuos
que seguirán en bolsas para poder trabajar como personal eventual en los períodos en que no trabajen como fijos discontinuos.

Los candidatos, que habiendo participado en el proceso por haber sido integrantes de LEI, no hayan obtenido puesto fijo, seguirán inscritos en bolsas de empleo.